Vamos a hablar de una situación que no es muy típica, pero que puede ocurrir a la hora de ir a coger el avión: que haya overbooking en mi vuelo.

¿Qué es el overbooking?

Es una denegación del embarque al vuelo debido a que la compañía ha vendido más plazas de las disponibles en el vuelo.

¿Por qué ocurre esto?

Las compañías tienen en cuenta que suele haber un porcentaje de pasajeros que no se presentan en la puerta de embarque o que directamente cancelan el vuelo, por lo que venden plazas de más según esa estadística.

Aunque parezca algo ilegal, no lo es. Viene regulado en el Reglamento de la Comunidad Europea nº 261/2004.

Este reglamento es aplicable cuando la aerolínea es europea o el vuelo despega de Europa.

¿Qué ocurre si me dicen que hay overbooking en mi vuelo?

Lo primero que ha de hacer la compañía si hay overbooking en mi vuelo, es solicitar voluntarios para renunciar a su plaza. A estos voluntarios se les ofrecerán beneficios en función del art. 8 del citado Reglamento:

  • El reembolso del billete completo del vuelo por realizar, y también el realizado si forma parte de un plan de viaje que ya no tiene razón de ser debido a la perdida de este vuelo.
  • Un vuelo de vuelta al punto de origen.
  • Otro medio de transporte comparable y que convenga al pasajero.

 

En el caso de no haber suficientes voluntarios, la compañía puede denegar contra su voluntad el embarque a los pasajeros que considere, compensándolos y atendiendo a dichos pasajeros según los art. 7, 8 (citado en el parrafo anterior) y 9 del Reglamento. Estas compensaciones dependerán del tipo de vuelo:

  • Vuelos de hasta 1500km:

    250€ en concepto de compensación, que puede reducirse hasta la mitad en caso de que la compañía ofrezca un transporte alternativo cuya diferencia horaria con el original no supere las 2h.

  • Vuelos intracomunitarios entre 1500km y 3000km:

    400€ en concepto de compensación, que puede reducirse hasta la mitad en caso de que la compañía ofrezca un transporte alternativo cuya diferencia horaria con el original no supere las 3h.

  • Resto de vuelos: 

    600€ en concepto de compensación, que pueden reducirse hasta la mitad en caso de que la compañía ofrezca un transporte alternativo cuya diferencia horaria con el original no supere las 4h.

 

A todo ello hay que añadirle que deben ofrecerte alguno de los beneficios del art. 8 y, en caso de ser necesario, la bebida, comida, transporte, llamadas gratuitas y alojamiento, para el pasajero.

Si te llega a pasar que te deniegan la entrada contra tu voluntad, pide en la compañía que te den un documento dónde explique el motivo del overbooking en tu vuelo y los datos del vuelo como justificante por si es necesario presentar una posterior reclamación.

¡Espero que nunca os pase! Pero si pasa, ya sabemos que derechos tenemos 😉

¡Hasta pronto!

 

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