EMBARCACIONES DE RECREO
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EMBARCACIONES DE RECREO

LICENCIAS REQUERIDAS PARA LAS EMBARCACIONES DE RECREO Y LO QUE NECESITAS SABER

¡El verano ya está aquí! Y una buena forma de disfrutar del mar en nuestras vacaciones es con embarcaciones de recreo.

Ya sea una moto acuática, un velero o un catamarán, para poder «capitanear» algunas embarcaciones recreativas tenemos que tener en cuenta las licencias y requisitos exigidos por el Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre. Vamos a verlas:

EMBARCACIONES FLOTANTES O DE PLAYA.

Dentro de esta categoría encontramos los kayaks, canoas, piraguas, barcas hinchables, tablas de surf, etc. Como es lógico, para este tipo de embarcaciones no se requiere ninguna licencia ni permiso especial, así como tampoco es necesario hacer cursos o tener un seguro.

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MOTOS DE AGUA

En este caso, según la potencia de la moto de agua hará falta una licencia u otra.

embarcaciones recreo moto

Licencias de patrón de moto acuática:
  • «C«. Es para una potencia inferior a los 55 cv. Se puede sacar esta licencia desde los 16 años, siempre y cuando lo autorice el tutor legal del menor.
  • «B«. Con esta licencia podremos llevar motos de agua con una potencia que oscile entre los 55 cv y los 110 cv. Para obtener esta licencia ya es necesario realizar pruebas prácticas. Como en el caso anterior, también puede obtenerse desde los 16 años con el consentimiento del tutor legal.
  • «A«. Si obtenemos esta licencia, no tendremos limitación de potencia para nuestra moto acuática. Es necesario, como en el caso anterior, realizar pruebas prácticas para poder obtenerla.

 

LICENCIA DE NAVEGACIÓN

Esta es la licencia más básica que existe actualmente. Con ella puedes gobernar embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y puedes alejarte un máximo de 2 millas de la costa. La navegación solo está permitida en horario diurno.

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Para conseguir esta licencia has de ser mayor de 16 años, realizar un curso teórico de unas dos horas (mínimo), realizar prácticas básicas de seguridad y navegación, y obtener un certificado psicotécnico. No hay que realizar ningún examen.

A raíz de la nueva normativa publicada en el Real Decreto 238/2019, con esta titulación se pueden llevar motos de agua sin límite de potencia.

Licencia de Patrón para la Navegación Básica (PNB)

Con esta licencia podemos navegar con embarcaciones que no superen los 8 metros de eslora. El límite para alejarse de la costa o puerto aumenta en este caso hasta las 5 millas (unos 9 km). Una de las ventajas de esta licencia es que podemos navegar tanto de día como de noche.

Para poder obtenerla, es requisito indispensable ser mayor de edad. También es necesario hacer un examen teórico y realizar prácticas de seguridad y prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, además de presentar un informe psicofísico.

Si nos sacamos esta licencia también podremos usar cualquier tipo moto acuática de las mencionadas anteriormente.

Licencia de Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)

Obtenida esta licencia, podemos navegar con embarcaciones de recreo que no superen los 15 metros de eslora, y nos podemos alejar de la costa o puerto hasta 12 millas (un poco más de 22 km). También se nos permite conducir cualquier tipo de moto acuática, así como navegar en cualquier momento del día o de la noche.

Uno de los mayores atractivos de esta licencia es que también nos permite navegar entre las islas de los archipiélagos de Canarias y Baleares, por lo cual descubrirás parajes maravillosos y paradisíacos a los que no todo el mundo puede acceder 😉

Para adquirir esta licencia es necesario cumplir los todos los requisitos de la anterior licencia, pero, además, hay que hacer otro curso de radio-operador de corto alcance.

Esta es la licencia más solicitada, aunque requiere tiempo y preparación (normalmente entre 2 y 3 meses).

Licencia de Patrón de Yate.

A quién no le gustaría disfrutar de unos días en el mar a bordo de un bonito y lujoso yate…

Todas las embarcaciones recreativas que no se sobrepasen los 24 metros de eslora pueden gobernarse con esta licencia, pero sin alejarse más de 150 millas de la costa. También podemos navegar tanto de día como de noche.

A diferencia de los otros casos que hemos visto, para obtener esta licencia es necesario que previamente estemos en posesión de la licencia PER. Además de ello, tenemos que cumplir los siguientes requisitos:

  • Aprobar los exámenes teóricos que corresponden.
  • Realización de prácticas básicas de seguridad y navegación.
  • Realización de prácticas de radiocomunicaciones.

En caso de que la embarcación sea a vela, y el PER que tengamos sea para embarcaciones de recreo a motor, necesitaremos también realizar prácticas de navegación a vela.

Licencia de Capitán de Yate

Aunque se parece mucho al anterior, la diferencia radica en que, con esta licencia, no hay límite geográfico ¡El mundo será tuyo!

Para poder obtenerlo, tienes que estar en posesión del título anterior, el de Patrón de Yate, además de realizar exámenes teóricos y prácticas.

Como en el caso anterior, si la embarcación fuera de vela y la titulación de Patrón de Yate es para embarcaciones a motor, necesitaremos hacer también las prácticas de navegación a vela.

DÓNDE SE ADQUIEREN LAS LICENCIAS

Las titulaciones para navegar con embarcaciones de recreo las emite la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas, si han asumido estas competencias. Éstos también realizan los exámenes teóricos.

En el caso de las prácticas y los cursos de formación, se realizan en las escuelas náuticas de recreo que cumplan con el Real Decreto mencionado anteriormente. Estas escuelas serán las que nos darán una certificación acreditativa de haber realizado las prácticas que correspondan según el tipo de licencia.

Una vez cumplidos todos los requisitos exigidos para la licencia que queramos adquirir, solicitaremos la expedición del título a la Dirección General de la Marina Mercante o a nuestra Comunidad Autónoma, si corresponde.

Dependiendo de qué tipo de embarcación queramos para pasar nuestro día espectacular en el mar, nos puede ser un poco complicado y costoso adquirir la licencia, por lo cual siempre tendremos la opción de alquilar nuestra embarcación de recreo con un patrón. Es lo ideal si nunca has probado esta experiencia y te gustaría, por ejemplo, ver una puesta de sol desde un gran velero.

Teniendo una embarcación de recreo podemos disfrutar de muchas ventajas, como descubrir lugares nuevos exclusivamente con nuestros amigos o familia, disfrutar de una velada romántica diferente, simplemente disfrutar de un día en el mar… Para los amantes de Astroturismo, es una experiencia única para contemplar el firmamento nocturno desde un lugar privilegiado.

 

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